PODER ESPECIAL

Poder Especial

El artículo 1687 del Código Civil Venezolano, establece que un poder puede ser especial para una actuación y/o representación, un negocio o para ciertos negocios solamente.
Aunque la para los demás casos la ley no obligue que el poder sea otorgado mediante escritura pública, o que sea autenticado, lo recomendable es que sea ante un notario y de hecho, así lo exigen muchas entidades públicas o particulares en Venezuela.
Este tipo de mandato, limita la facultad del apoderado a los asuntos expresamente contenidos en el poder. Sencillamente restringe lo que el apoderado puede hacer.
Por ejemplo, si el poder otorgado es para firmar el contrato de arrendamiento de un apartamento, el apoderado no puede venderlo, hipotecarlo ni donarlo.

Requisitos:

  • Traer impreso el PODER en 2 originales y firmados en lápiz tinta color azul.
  • Cédula de identidad y Pasaporte del otorgante.
  • Una Foto tamaño carnet y reciente del poderdante.
  • Copia simple del Documentos de identidad del apoderado.
  • Tener registro consular de ley.
  • Copia fotostática de los documentos de identidad de dos (2) testigos que lean el idioma castellano.
  • Para el día de la firma deberá venir acompañado de los testigos.
  • Para evitar la cancelacion de la cita, los documentos y fotos deber cumplir con los siguientes requisitos:
    En el caso de formularios o documentos, deben estar en formato PDF o Microsoft Word. Los documentos de identidad deben estar debidamente escaneados, el pasaporte, cedula de identidad, foto, etc deben estar en formato JPG o PNG,  siguiendo las siguientes Indicaciones
    • La foto tiene que ser nitida donde claremente se pueda leer el texto que contiene.
    • Sin objetos que la obstruyan.
    • Sin bordes, en la foto debe aparecer solo el documento de identidad o la foto .
    • El documento debe estar derecho y que se pueda ver el contenido completo.
    • En el caso de la foto tamaño carnet tiene que ser clara, sin obstrucciones y con fondo blanco.

  • En el siguiente paso a la hora de subir una foto o documento de identidad, va a poder editarlo en caso de que no cumpla los requisitos aqui mencionados, si su archivo no necesita edición, simplente haga click en cancelar.
  • Hacer el pago mediante depósito en efectivo o transferencia bancaria, con una antelación de al menos 72 horas, en la cuenta cuyos datos se detallan a continuación:
    Beneficiario: Embajada de Venezuela
    Banco: Bank Austria
    IBAN: AT52 1200 0095 2377 0704
    BIC: BKAUATWW

NOTA IMPORTANTE:
Se recomienda que el Documento Poder sea redactado por un Abogado de la República Bolivariana de Venezuela, todo ello, en función que su contenido este enmarcado con las legalidades del caso

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