VISA TRANSEUNTE Reingreso
Será otorgado por las Secciones Consulares de las Embajadas y Oficinas Consulares de la República a aquellas personas en condición de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.
También será otorgado a quienes se les haya vencido en el exterior la condición de transeúnte concedida por el Ministerio del Interior y Justicia y que no se hubiesen ausentado de Venezuela por un período mayor de treinta días (30) días continuos. De no cumplirse los lapsos indicados o de presentarse otras circunstancias diferentes a las señaladas en los ordinales 1 y 2 de este artículo, el interesado tendrá que solicitar su reingreso directamente al Ministerio del Interior y Justicia.
Requisitos:
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- Llenar en letra imprenta, la planilla de solicitud de visa la cual puede Descargar en esta página.
- Traer su pasaporte, que debe tener un mínimo de seis meses de validez.
- Dos (2) fotografías tipo pasaporte ( 3″x 4″), a color, recientes.
- Comprobación de que el solicitante no haya permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.
- No haber adquirido residencia en otro país.
- Hacer el pago mediante depósito en efectivo o transferencia bancaria, con una antelación de al menos 72 horas, en la cuenta cuyos datos se detallan a continuación:
Beneficiario: Embajada de Venezuela
Banco: Bank Austria
IBAN: AT52 1200 0095 2377 0704
BIC: BKAUATWW