FE DE VIDA

Si usted está recibiendo algún tipo de pago de jubilación de parte de un organismo venezolano, deberá solicitar cada seis meses, ante Sección Consular de la Embajada, una constancia de Fe de Vida.

Si usted viene personalmente a la Sección Consular de la Embajada, deberá:

  • Original y dos (2) fotocopias del pasaporte o Cédula de Identidad.
Observación:
Este trámite está exonerado de pago.

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