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VISA TRANSEUNTE Inversionista
Se otorgará a personas o representantes de empresas, que muestren a través de documento fehaciente, que se han establecido los contactos y que la inversión ha sido aceptada por los organismos oficiales venezolanos correspondientes.
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VISA TRANSEUNTE Laboral
Será de la competencia del Ministerio del Interior y Justicia, previa conformidad del Ministerio del Trabajo, la autorización del Visado de Transeúnte Laboral. Los requisitos que deban cumplir los contratantes en el país serán establecidos por los Ministerios antes citados.
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VISA TRANSEUNTE Reingreso
Será otorgado por las Secciones Consulares de las Embajadas y Oficinas Consulares de la República a aquellas personas en condición de residente, que no hayan permanecido más de dos (2) años consecutivos en el exterior o no hayan adquirido residencia en otro país, siempre que la fecha de vencimiento de tal condición no hubiese excedido treinta (30) días continuos.
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VISA TRANSEUNTE Religioso
Se otorgará a representantes de cualquier religión, no migrantes, cuando vengan a Venezuela en actividades de carácter religioso, diferentes al turismo.
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VISA TRANSEUNTE Rentista
Se otorgará a personas no migrantes, que vivan de sus rentas lícitas o pensión, con ingreso mensual equivalente a $ 1,200.00, generados en el exterior. Cuando viaje acompañado por miembros de su familia deberá comprobar además, poseer ingresos mensuales fijos de $ 500.00 por cada acompañante.