VISA TRANSEUNTE Familiar (TR-F)
Se otorgará al cónyuge, hijos menores de dieciocho (18) años de edad no emancipados, progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar, de dependencia económica y a solicitud de los titulares de los visados señalados en los artículos 11, 13, 17, 23, 26 y 36. La vigencia y condiciones del Visado de Transeúnte Familiar serán las mismas que las de los solicitantes titulares de los visados señalados en el artículo anterior.
- Solicitar una cita en la Sección Consular.
- Llenar en letra imprenta, la planilla de solicitud de visa la cual puede Descargar en esta página.
- Traer su pasaporte, que debe tener un mínimo de seis meses de validez.
- Dos (2) fotografías tipo pasaporte ( 3″x 4″), a color, recientes.
- Comprobación fehaciente del vínculo familiar
- Certificado médico satisfactorio (Radiografía de tórax, VDRL y evaluación médica satisfactoria).
La vigencia y condiciones del Visado de Transeúnte Familiar serán las mismas que las de los solicitantes titulares de los visados señalados en el artículo anterior.