VISA TRANSEUNTE Familiar Venezolano

Se otorgará al cónyuge del venezolano(a), siempre que el matrimonio se hubiere celebrado en el extranjero e inscrito ante la Oficina Consular venezolana, a los hijos menores de 18 años de edad no emancipados, a los progenitores y padres políticos, previa comprobación fehaciente del vínculo familiar. Para el otorgamiento de este visado el grupo familiar deberá viajar junto con el ciudadano venezolano(a) a domiciliarse en el país.

Requisitos:

  • Solicitar una cita en la Sección Consular.
  • Llenar en letra imprenta, la planilla de solicitud de visa la cual puede Descargar en esta página.
  • Traer su pasaporte, que debe tener un mínimo de seis meses de validez.
  • Dos (2) fotografías tipo pasaporte ( 3″x 4″), a color, recientes.
  • Nexos Familiares
    1. • Presentar partida de nacimiento de los hijos.
    2. • Presentar partida de nacimiento del ciudadano venezolano si va acompañado de sus progenitores.
  • En el caso de vínculo por afinidad
    1. • Partida de nacimiento del cónyuge extranjero si va acompañado de los padres políticos.
  • Pasaje confirmado de todos los miembros de la familia que se domiciliaran en el país.
  • Pagar el monto de 60€.

Tendrá una vigencia de un (1) año, múltiples entradas, sin límite de permanencia. Vencido dicho término el interesado podrá solicitar en el país la prórroga.

El extranjero que hubiere permanecido un mínimo de un año ininterrumpido en el territorio de la República con Visa de Transeúnte Familiar Venezolano y correspondiente visado familiar, el Ministerio del Interior y Justicia, le podrá otorgar, si lo solicitare, la condición de Residente, que será renovada cada cinco (5) años.

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